Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0133/2018-S2
Fecha: 16-Abr-2018
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
La accionante denuncia que los miembros del Directorio de COTEVI Ltda., vulneraron sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, a una justa remuneración y al debido proceso; toda vez que, fue despedida injustificadamente de su fuente laboral sin previo proceso; no obstante que la Jefatura Regional de Trabajo Villazón, emitió la Conminatoria de Reincorporación, ésta no fue cumplida por la Cooperativa; por lo que, solicita la concesión de la tutela, su reincorporación y la cancelación de sus sueldos correspondientes, con costas, daños y perjuicios.
- Partes:
- I. ANTECEDENTES RELEVANTES DE LA DISIDENCIA
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- a)
- II.1.
- por una parte
- Por otra parte
- 1)
- II.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- 2)
- 3)
- protección de las
- al emitirse una resolución que conmine la reincorporación, ello no debe significar que de manera inmediata, la jurisdicción constitucional, haga cumplir la misma tal cual se refirió, como si fuera una instancia más, que ordene la automática reincorporación del trabajador a su fuente laboral, en su caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en la revisión de los procesos puestos en su conocimiento, debe hacer una valoración integral de todos los datos del proceso, los hechos y los supuestos derechos vulnerados, y después de ello, haciendo prevalecer la “verdad material” sobre la verdad formal