I. ANTECEDENTES
La suscrita Magistrada, al tiempo de conocer el proyecto que corresponde a la DCP 0044/2018 de 28 de mayo, pronunciada por la Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, manifestó su conformidad con la decisión de declarar la constitucionalidad del texto de la pregunta para referendo sobre la aprobación del proyecto de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Palos Blancos del departamento de La Paz; sin embargo, hizo conocer su desacuerdo con parte de los fundamentos jurídicos, conforme al siguiente razonamiento:
- I. ANTECEDENTES
- II.1. La legitimación activa para la presentación de consultas sobre la constitucionalidad de preguntas para referendo
- Asamblea Legislativa Departamental (gobiernos autónomos departamentales), Concejo Municipal (gobiernos autónomos municipales), instituciones propias de las naciones y pueblos indígena originaria campesinas (autonomía indígena originaria campesina)
- instancia legislativa
- y
- remisión al Tribunal Constitucional Plurinacional para fines del control previo de constitucionalidad
- Fragmento 7
- interpretación que correspondería ser aplicada únicamente en las consultas sobre la constitucionalidad de las preguntas para referendo sobre la aprobación de Cartas Orgánica o Estatutos Autonómicos, con la finalidad de brindar a quien tiene legitimación, mecanismos idóneos para tramitarlas
- III. CONCLUSIÓN
