AUTO CONSTITUCIONAL 0169/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0169/2018-CA

Fecha: 28-May-2018

II.4.  Análisis del caso concreto

Ahora bien, como claramente se tiene expresado en el memorial de demanda, el accionante pretende que se declare la inconstitucionalidad del Auto de Vista 07-18 8fs. 5 a 6 vta.), por considerar que dicha Resolución contraviene preceptos constitucionales. Sin embargo, de la normativa legal que regula la procedencia y admisión de las acciones         de inconstitucionalidad concreta, citada en el Fundamento Jurídico II.2. de este fallo, se tiene que la misma establece que el objeto de dichas acciones está constituido por normas que se consideren contrarias a la Ley Fundamental, excluyendo a las resoluciones judiciales, como se da en el presente caso.

Consiguientemente, conforme establecen los arts. 73.2 y 79 del CPCo, así como la jurisprudencia desarrollada en el Fundamento Jurídico II.3. de este Auto Constitucional, se tiene que esta acción no puede ser interpuesta contra resoluciones judiciales que se dicten como consecuencia de una labor jurisdiccional, aspecto que no fue considerado por el accionante; puesto que, la presente acción fue interpuesta contra el Auto de Vista, desconociendo el objeto de la naturaleza de este tipo de demandas, aspecto que hace inviable su procedencia.