DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0036/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0036/2018

Fecha: 22-May-2018

III.3. Consideraciones previas

Antes de ingresar a resolver la consulta presentada, resulta pertinente considerar aspectos de orden formal en la interposición de la misma. Cabe señalar que el 29 de marzo de 2018, el TSE, recibió por parte de las Autoridades Originarias de Corque Marka, la solicitud para que dicha instancia proceda a la revisión técnica de la pregunta propuesta para referendo aprobatorio de su proyecto de estatuto autonómico, y su remisión al Tribunal Constitucional Plurinacional para fines de control previo de constitucionalidad. Ante esta situación, el Presidente en ejercicio del citado Órgano, remitió a este Tribunal la consulta mediante memorial recepcionado el 28 de abril de 2018, al margen del plazo de los siete días estipulados por el art. 124 del CPCo.

De lo citado precedentemente, y de la documentación adjunta para la Resolución de la presente Consulta se advierte que, el incumplimiento al principio de oportunidad dispuesto en el precepto legal anteriormente citado, es de entera responsabilidad de la autoridad consultante; es decir del Presidente en ejercicio del TSE, por lo que no puede atribuirse dicha negligencia al Gobierno Autónomo Originario de Corque Marka, de modo que no resultaría razonable que este Tribunal paralice el proceso de consolidación de su autonomía. En consecuencia, siendo que el Tribunal Constitucional Plurinacional se rige entre otros por el de concentración, que obliga a reunir la mayor actividad procesal en el menor número de actos posibles, a fin de no causar perjuicio a dicha Entidad Territorial Autónoma (ETA), corresponde a este Tribunal el análisis de la consulta planteada conforme establecen los arts. 121 y ss. del CPCo, en aplicación del art. 3 numerales 4, 5 y 6 de la misma Norma.