III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad irrestricta, al trabajo, a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, al debido proceso; y, al principio de celeridad, toda vez que, habiendo interpuesto recurso de apelación incidental contra la Resolución que dispuso el rechazo a su solicitud de modificación de medida cautelar, dicha impugnación no fue tramitada y remitida ante el Tribunal de alzada, incumpliéndose el art. 251 del CPP, situación que le causa agravio ya que se encuentra con detención domiciliaria sin poder salir a trabajar.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- 1)
- i)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR
