Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0143/2018-S3
Fecha: 14-May-2018
III.3. Análisis del caso concreto
El accionante, alega que habiendo interpuesto recurso de apelación incidental, contra la Resolución que dispuso su detención preventiva; el Juez de Instrucción Penal Quinto del departamento de La Paz, no remitió obrados ante el Tribunal de alzada dentro de las veinticuatro horas para resolver dicho recurso como correspondía, vulnerando de sus derechos a la libertad, al debido proceso “en su vertiente de pronto despacho”, igualdad procesal; y, “principio de celeridad”.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- ‘
- III.3. Análisis del caso concreto
- disponiéndose en el mismo acto procesal la remisión de antecedentes ante el Tribunal de alzada, conforme consta en fs. 11
- CONFIRMAR