Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0179/2018-S3
Fecha: 22-May-2018
1)
El accionante a través de su abogado, ratificó in extenso los fundamentos expuestos en su acción de amparo constitucional y en uso de su derecho a la réplica señaló: 1) El abogado de la ANH manifestó textualmente que son la misma entidad, continuidad basada en la Ley SIRESE; 2) Es intrascendente cualquier cambio que puedan haber hecho, en vista que la ANH es la continuidad de la ex Superintendencia de Hidrocarburos; y, 3) En el Estatuto del Funcionario Público, se halla la categoría de funcionario de carrera, que es como él ingresó por concurso de méritos y sujeto a evaluación de desempeño.