Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2018-S3
Fecha: 16-May-2018
II.3.
II.3. Mediante Informe presentado a la Gerente de la EMAP el 18 del mismo mes y año citado, el Jefe de RR.HH. adjuntó la información elaborada por el Supervisor de dicha Empresa, en el que comunicó que la peticionante de tutela no se presentó a trabajar desde el 11 del precitado mes y año y se aplicaría el retiro definitivo por haber faltado más de seis días consecutivos a su fuente laboral (fs. 40).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- improcedente
- II.3.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La legitimación pasiva, es la capacidad jurídica reconocida a un servidor público, autoridad o persona particular, que presuntamente realizó un hecho ilegal o indebido, a efecto que pueda asumir defensa o responder por sus actos los cuales provocaron la restricción, supresión o la amenaza de restringir o suprimir derechos y garantías constitucionales, consiguientemente, contra quien se dirige la acción.
- …se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR