Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0262/2018-RCA
Fecha: 20-Jun-2018
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 3 de 16 de mayo de 2018, cursante de fs. 93 a 94, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Rocío Montellano Cerezo contra Benjamín Saúl Rosas Ferrufino, Rector de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (UAGRM); y, Wilfredo Tarqui Copajira, Jefe Departamental del Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- II.2.
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así:
- CONFIRMAR