SCP 0275/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SCP 0275/2018-S1

Fecha: 27-Jun-2018

Requerimiento de 11 de julio de 2017

Con relación al Requerimiento de 11 de julio de 2017, por el que se habría dado la calidad de proposición de diligencias a su solicitud de reapertura de la investigación, al tramitar la objeción conforme el art. 306 del CPP, no se confirma que el mismo hubiese sido objeto de reclamación alguna en sede fiscal, constituyendo una omisión que involucra el incumplimiento del requisito de procedencia de subsidiariedad que rige esta acción de defensa.

En este sentido, en el caso de análisis se constata que el cuestionamiento del accionante a las determinaciones asumidas por los Fiscales demandados respecto a la negativa de reapertura de la investigación -Resolución de 6 de julio de 2017- y la presunta tergiversación de dicha pretensión con la consecuente irregular tramitación bajo el precepto normativo contenido en el art. 306 del CPP (Proposición de diligencias) -Requerimiento de 11 de julio de igual año-, son actuaciones fiscales que no pueden ser conocidas en el fondo por esta jurisdicción constitucional, en virtud al carácter subsidiario de esta acción de defensa, por lo que sobre estas reclamaciones corresponde denegar la tutela solicitada, con la aclaración de que no se ingresó al fondo de la problemática planteada.