SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0267/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0267/2018-S3

Fecha: 29-Jun-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de robo agravado, mediante Resolución 54/18  de 8 de febrero de 2018, se dio curso a la cesación a su detención preventiva disponiéndose medidas sustitutivas a su favor, entre las cuales se determinó la detención domiciliaria, para ese fin el Juez de Instrucción Penal Décimo del departamento de La Paz, emitió el mandamiento de detención domiciliaria ordenando a la Directora del Centro Penitenciario C.O.F. Obrajes de La Paz dar cumplimiento al mismo; sin embargo, el 9 del prenombrado mes y año a horas 15:00 una vez puesto a conocimiento la orden a la institución señalelenada, se negaron a recepcionar ésta con el argumento de que existe una circular interna señalando el horario de trabajo hasta horas 14:30 y por esta razón debería regresar el 14 del mes y año mencionado. 

Ante tal negativa, su abogado se apersonó a oficinas de dicho Centro Penitenciario y previa entrevista con diferentes funcionarios policiales le señalaron que la Directora del mismo, indicó que por falta de personal regresaría el 14 de febrero de 2018, por lo que se estaría tratando de restringir indebidamente su libertad por el lapso de cuatro días.