Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0297/2018-S4
Fecha: 27-Jun-2018
II.1.
II.1. Del Auto Interlocutorio 023/2018 de 18 de enero, se evidencia que el Juez de Instrucción Penal Primero del departamento La Paz, ahora demandado, dispuso La detención preventiva de la imputada –hoy accionante– en el “Centro de Orientación Femenina de Obrajes” de La Paz; la misma que en audiencia a través de su abogado, interpuso recurso de apelación contra la referida Resolución de forma oral; a lo cual el Juez ordena que en el plazo de 24 horas se remita antecedentes ante la autoridad llamada por Ley, teniendo el apelante la obligación de coadyuvar con las copias necesarias (fs. 6 a 7).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Su naturaleza principal radica en que, la jurisdicción constitucional, a través de esta garantía, tiene la facultad de tutelar la vida, libertad física y de locomoción, frente a las acciones y omisiones que restrinjan, supriman o amenacen de restricción o supresión, aun cuando las mismas hubieran cesado o desaparecido
- Así, el propósito fundamental de la acción de libertad innovativa, tiene la misión fundamental de evitar que en el futuro se repitan y reproduzcan los actos contrarios a la eficacia y vigencia de los derechos a la vida, la libertad física y de locomoción…”
- que procede la acción de libertad -bajo la modalidad innovativa- aún hubiere cesado el acto ilegal en cualquiera de las modalidades protectivas de la acción de libertad; es decir, la amenaza al derecho a la vida, la privación de libertad, la persecución indebida o, en su caso el indebido procesamiento vinculado con el derecho a la libertad física o personal.
- sino también de advertir a la comunidad en su conjunto, sean autoridades, servidores públicos o personas particulares, que las conductas de esa naturaleza contravienen el orden constitucional y, por consiguiente, son susceptibles de sanción, no pudiendo quedar en la impunidad, así, el acto lesivo haya desaparecido
- este mecanismo de defensa constitucional tutela los derechos también en su dimensión objetiva, evitando que se reiteren aquellas conductas que lesionan los derechos que se encuentran dentro del ámbito de protección de la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR