AUTO CONSTITUCIONAL 0278/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0278/2018-RCA

Fecha: 02-Jul-2018

II.2.  Sobre el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional y sus excepciones

En cuanto a la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional el art. 129 de la CPE, estipula que necesariamente debe ser interpuesta cuando no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados, concordante con el art. 54 del CPCo, el cual además dispone las condiciones excepcionales que pudieran darse al respecto.