Los suscritos Magistrados, dentro del plazo establecido para la emisión del presente Voto Disidente, manifestamos nuestro desacuerdo con la determinación asumida en la DCP 0071/2018 de 25 de julio, correlativa a la DCP 0009/2017 de 22 de febrero, res
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, dentro del plazo establecido para la emisión del presente Voto Disidente, manifestamos nuestro desacuerdo con la determinación asumida en la DCP 0071/2018 de 25 de julio, correlativa a la DCP 0009/2017 de 22 de febrero, res

Fecha: 25-Jul-2018

I. ANTECEDENTES

Los suscritos Magistrados, dentro del plazo establecido para la emisión del presente Voto Disidente, manifestamos nuestro desacuerdo con la determinación asumida en la DCP 0071/2018 de 25 de julio, correlativa a la DCP 0009/2017 de 22 de febrero, respecto al control previo de constitucionalidad de los parágrafos II y III del art. 105 del proyecto de Carta Orgánica Municipal (COM) de Caraparí, toda vez que, consideramos que debió merecer la declaratoria de incompatibilidad expresa por parte de este Tribunal, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales: