Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0325/2018-S1
Fecha: 16-Jul-2018
II.4.
II.4. Consta decreto de radicatoria de 29 de enero de 2018, del proceso penal seguido por el Ministerio Público en contra de Víctor Hugo Anze Oyola -ahora accionante-, con NUREJ 5019890 por la supuesta comisión de los delitos homicidio y lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito, omisión de socorro y conducción peligrosa de vehículos, ante el Tribunal de Sentencia Penal Segundo del departamento de Potosí. (fs. 3).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada respecto a la competencia para resolver la cesación de la detención preventiva cuando ya existe acusación
- cuando se trata de una solicitud de cesación, también es posible que un Juez a cargo del control jurisdiccional pueda resolver dicha solicitud aún ya se hubiera presentado la acusación, pero siempre que no se hubiera radicado la causa en un determinado tribunal
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho. Jurisprudencia reiterada
- este tipo de acción se activa para reparar las lesiones al derecho a la libertad ante demoras injustificadas que perjudican a la persona privada de la misma, es así que la importancia de la acción de libertad de pronto despacho se encuentra, entre otras, en la SCP 0011/2014 de 3 de enero, que sobre el tema indicó que esta acción:
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo
- 1º CONCEDER parcialmente