SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2018-S2

Fecha: 18-Jul-2018

II. FUNDAMENTACIÓN

La accionante a través de su representante legal, señala que mediante el Auto de Vista A-398/2016 de 1 de noviembre, pronunciado en alzada por las autoridades demandadas, anularon obrados en el proceso de origen (ejecutivo por cobro de dinero con garantía hipotecaria), mismo que se encontraba en ejecución de sentencia, hasta que la Jueza inferior, señale nueva audiencia de remate, y se realice un nuevo avalúo comercial del inmueble objeto del remate, Resolución que, a decir de la impetrante de tutela lesiona sus derechos y garantías constitucionales a la adjudicación, a la vivienda, a la propiedad privada, al debido proceso y a los principios y garantías de jerarquía normativa, seguridad jurídica, de irretroactividad de la norma, al debido proceso en sus componentes de congruencia, motivación y fundamentación; toda vez que efectuaron una forzada interpretación de la norma, aplicando en sus argumentos la SCP 2621/2012 de            21 de diciembre (que declaró la inconstitucionalidad del art. 534.I y II del Código de Procedimiento Civil abrogado -CPCabrg-), al avaluó que había sido elaborado con anterioridad a la misma.

En la SCP 0349/2018-S2, correspondía analizar si el caso en examen cumplía con los supuestos necesarios que hagan viable la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales por incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, cuando más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo, lesiona derechos y garantías constitucionales, conforme a lo establecido a continuación: