SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2018-S2
Fecha: 24-Jul-2018
concedió
El Tribunal de Sentencia Penal Octavo del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante la Resolución 09/2018 de 16 de marzo, cursante de fs. 60 a 62, concedió la tutela impetrada, disponiendo que la Directora Departamental de Régimen Penitenciario de La Paz, de cumplimiento conforme lo dispuesto en el Decreto Presidencial 3030, debiendo pronunciarse sobre la procedencia o improcedencia de la solicitud, que fue planteada el 27 de octubre de 2017, en vigencia de dicho Decreto, con los siguientes fundamentos: i) De la documentación revisada y presentada, conforme al Decreto Presidencial 3030, la parte accionante presentó su solicitud de amnistía, debiendo tramitarla y resolverla la Dirección Departamental de Régimen Penitenciario de La Paz; y, ii) El Decreto mencionado no refiere ningún trámite administrativo sobre las actualizaciones de los certificados que fueron emitidos por los Secretarios-Abogados de los diferentes juzgados; por lo que la accionante, habiendo presentado su solicitud el 27 de octubre de 2017, dentro del plazo, siendo que toda autoridad judicial y administrativa debe dar celeridad a todos los trámites de las causas y más aún a las que tenga detenido, asimismo, el Decreto Presidencial aludido refiere plazos donde la autoridad debe pronunciarse ya sea aceptando o rechazando la solicitud.