VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0444/2019-S2
Fecha: 14-Jul-2018
b)
b) El art. 46.I.1 de la CPE, reconoce el derecho que tiene toda persona al trabajo con una remuneración o salario justo, entre otros beneficios; de donde se tiene que el derecho al trabajo está conectado a la justa remuneración; en consecuencia son derechos interdependientes; sobre la base de este razonamiento lógico, se supone que al tiempo de conocer un caso de incumplimiento de conminatoria de reincorporación laboral, por mandato del art. 48.II de la CPE, este debe ser resuelto con base en los principios de protección, estabilidad laboral e inversión de la prueba a favor del sector trabajador, a efectos de otorgar tutela al accionante que sufrió la lesión de sus derechos al trabajo y a la justa remuneración, por haber sido sometido a un despido intempestivo de forma ilegal o arbitraria; debiendo en consecuencia, disponer el cumplimiento del tenor integral de la misma;
- I.
- CONFIRMAR en parte
- a)
- /
- II.1. Presentación directa de la acción de amparo constitucional ante incumplimiento de la conminatoria de reincorporación
- 1)
- 2)
- 3)
- mientras se suscite dicho aspecto, la conminatoria pronunciada debe ser ejecutada con la finalidad de resguardar los derechos constitucionales de los trabajadores
- en mérito al carácter provisional de la otorgación de la tutela
- b)
- c)
- d)
- En ese entendido, la SCP
- protección de las