VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0444/2019-S2
Fecha: 14-Jul-2018
CONFIRMAR en parte
En todo caso, se considera que debió: CONFIRMAR en parte dicha Resolución; y en consecuencia: CONCEDER tutela impetrada, con la aclaración que la tutela, también se extiende al pago de sueldos devengados y beneficios sociales, en los términos señalados en la Conminatoria de Reincorporación JDTSC/CONM 073/2018 de 3 de agosto.
En consecuencia, a criterio de la suscrita Magistrada, la Jueza de garantías al conceder la tutela impetrada, respecto a la reincorporación laboral del demandante de tutela, sin disponer el pago de sueldos devengados y beneficios sociales, obró de forma parcialmente correcta; puesto que, lo correcto, era establecer también dicho extremo, en los términos señalados en la Conminatoria de Reincorporación JDTSC/CONM. 073/2018 de 3 de agosto; consiguientemente, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 0444/2019-S2 de 24 de junio, debió CONFIRMAR en parte la Resolución 04/2018 de 15 de noviembre, cursante de fs. 259 a 261 vta., pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Decima Octava de la Capital del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada conforme a los fundamentos jurídicos del presente Voto Disidente, con la aclaración que la tutela, también se extiende al pago de sueldos devengados y beneficios sociales, en los términos señalados en la Conminatoria de Reincorporación JDTSC/CONM 073/2018 de 3 de agosto.
- I.
- CONFIRMAR en parte
- a)
- /
- II.1. Presentación directa de la acción de amparo constitucional ante incumplimiento de la conminatoria de reincorporación
- 1)
- 2)
- 3)
- mientras se suscite dicho aspecto, la conminatoria pronunciada debe ser ejecutada con la finalidad de resguardar los derechos constitucionales de los trabajadores
- en mérito al carácter provisional de la otorgación de la tutela
- b)
- c)
- d)
- En ese entendido, la SCP
- protección de las