AUTO CONSTITUCIONAL 0322/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0322/2018-RCA

Fecha: 15-Ago-2018

no presentada

El citato Juez de garantías, por Resolución de 19 de julio de 2018, cursante de fs. 57 vta. a 59 vta., declaró por no presentada la acción de amparo constitucional, fundamentando que: La entidad accionante OLMEDO Ltda. no dio cumplimiento a la observación efectuada por proveído de 11 de julio de 2018, al no acreditar la legitimación activa respecto a las otras empresas que conforman la Asociación Accidental ALFA, incumpliendo lo previsto en los arts. 129.I de la Constitución Política del Estados (CPE), 33.I y 52.I del Código Procesal Constitucional (CPCo); es decir, si bien solicita se deje sin efecto la Sentencia 284/2017 pronunciada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, emitida dentro del proceso contencioso e interpuesta por las empresas: Constructora Hispano Americana, Empresa Técnica Constructora y de Servicios Olmedo Ltda. y Construcciones Tarija INCOTAR SRL, que conforman la Asociación Accidental, no es admisible que solamente una de ellas pretenda se deje sin efecto dicha Sentencia, cuando tal resolución alcanza y es inherente a todos quienes han promovido la demanda contenciosa.