El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0410/2018-S2 de 3 de agosto, que revocó la Resolución 05/2018 de 3 de abril, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento d
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0410/2018-S2 de 3 de agosto, que revocó la Resolución 05/2018 de 3 de abril, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento d

Fecha: 03-Ago-2018

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA

El accionante a través de su representante alega la vulneración de su derecho al debido proceso vinculado a su libertad; denunciando que el Juez demandado, señaló incorrectamente la fecha de la audiencia de aplicación de medidas cautelares, error que no fue corregido antes ni durante la celebración de dicho actuado por la indicada autoridad, cuando podía hacerlo en apego a lo previsto en el art. 168 del Código de Procedimiento Penal (CPP); sin embargo, llevo a cabo la indicada audiencia, en la que declaró rebelde a José Sergio Galdo Balcázar -hoy impetrante de tutela- y libró en su contra el mandamiento de aprehensión.