La suscrita Magistrada manifiesta su desacuerdo con los argumentos y determinación asumidos en la SCP 0029/2018 de 1 de agosto; por lo que, en el plazo establecido expresa su voto disidente, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La suscrita Magistrada manifiesta su desacuerdo con los argumentos y determinación asumidos en la SCP 0029/2018 de 1 de agosto; por lo que, en el plazo establecido expresa su voto disidente, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:

Fecha: 01-Ago-2018

II. CONCLUSIÓN

Bajo tales razonamientos, al estar suscitado el conflicto de competencias jurisdiccionales, independientemente de la razón expuesta por el Juez ordinario para determinar que es dicha jurisdicción la competente, a criterio de la suscrita Magistrada correspondía dilucidar la problemática ingresando al fondo de las cuestiones planteadas a objeto de determinar la competencia en base a los ámbitos de vigencia establecidos en la Ley de Deslinde Jurisdiccional, y no limitarse a una situación formal que impidió cumplir con el rol y atribución inherentes al control competencial del Tribunal Constitucional Plurinacional.