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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0380/2018-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0380/2018-S4

    Fecha: 02-Ago-2018

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1.
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La celeridad en las actuaciones vinculadas con la libertad personal y la acción de libertad de pronto despacho
    • 3)
    • …busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
    • tramitadas, resueltas
    • III.2.  La celeridad en la tramitación de las solicitudes de cesación a la detención preventiva
    • que establece que la jurisdicción ordinaria se fundamenta en el principio procesal de celeridad entre otros; motivo por el cual toda autoridad jurisdiccional que conozca una solicitud de un detenido o privado de libertad, debe tramitar la misma, con la mayor celeridad posible, y dentro de los plazos legales si están fijados, y en un plazo razonable, si no está establecido por ley.
    • 26 de igual mes y año a las 11:00 –seis días después de la presentación de la solicitud–
    • REVOCAR

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