SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0442/2018-S1
Fecha: 29-Ago-2018
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 47/2018 de 27 de abril, cursante de fs. 24 a 25, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) La accionante denuncia que la autoridad jurisdiccional al ordenar su detención domiciliaria, vulneró su derecho al trabajo y a la locomoción; y, la fianza impuesta de Bs20 000.-, la que resultaría desproporcional, por no contar con esa cantidad de dinero y que hasta la fecha no se dispuso su libertad, pese a la cesación de la detención preventiva; b) De la problemática expuesta se establece que las medidas cautelares no son definitivas y pueden ser planteadas las veces que se requiera, presentando para ello prueba útil, pertinente y necesaria; si bien las medidas sustitutivas impuestas continúan vulnerando sus derechos constitucionales, la accionante puede solicitar la modificación de las mismas, adjuntando prueba idónea para lograr su pretensión ante la autoridad jurisdiccional y demostrar su insolvencia económica; toda vez que, la acción de libertad no es un medio sustitutivo de la jurisdicción ordinaria; y, c) La impetrante de tutela no agotó los medios de defensa más eficaces y oportunos para resguardar sus derechos supuestamente lesionados.