SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0444/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0444/2018-S4

Fecha: 27-Ago-2018

a)

Román Castro Quisbert, Juez de Instrucción Penal Primero del departamento de La Paz, por informe escrito presentado el 24 de abril de 2018, cursante de fs. 14 a 15 vta., manifestó que: a) De la revisión del sistema y del informe de la Secretaria Abogada del Juzgado a su cargo, se evidenció que el proceso no radicaba en el mismo Juzgado, ya que fue remitido ante la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por una apelación restringida, tal cual se observa del oficio de 12 de enero de 2017; sin embargo, el cuaderno procesal “a la fecha” no fue devuelto ni pedido por el impetrante de tutela a afectos de que se pueda atender su petición; b) Ante la solicitud de cesación de la detención preventiva incoada por el ahora peticionante de tutela, se ordenó la remisión de cualquier memorial ante las autoridades que tengan conocimiento del proceso, por lo que la misma fue enviada a la referida Sala, que tiene bajo su responsabilidad el cuaderno de control jurisdiccional en original; y, c) Los abogados del imputado debieron actuar con diligencia y lealtad procesal, ya que al pedir a un Juez se pronuncie sobre hechos y actuados procesales que no detenta, es engañar a su defendido, por lo que no existió lesión alguna atribuible a su autoridad, más aún cuando no se interpuso recurso de reposición al decreto de 20 de abril de 2018.