Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0452/2018-S3
Fecha: 08-Ago-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra a instancia del Ministerio Público por la presunta comisión del delito de contratos lesivos al estado y otros, formuló recurso de apelación incidental contra la medida cautelar impuesta, el cual fue remitido a la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; empero, hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar no se señaló día y hora de audiencia para la consideración de la misma incumplido el plazo establecido en el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- El Tribunal de Apelación resolverá, sin más trámite y en audiencia dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- quienes resolverán el recurso sin más trámite y en audiencia dentro de los tres días siguientes de recibida las actuaciones
- 2° Se llama severamente la atención