SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0715/2018-S3
Fecha: 14-Ago-2018
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Los accionantes a través de su representante, señalaron que: Se estaría transgrediendo el principio de razonabilidad, por falta de fundamentación, tomándose en cuenta conductas anteriores; en las cuales se utilizó el mismo presupuesto para fundar la autoría y riesgos procesales, aspectos violatorios del debido proceso y que fueron materializado en la detención preventiva dispuesta por los Vocales demandados; resolución que no contiene la suficiente fundamentación al basarse en criterios subjetivos, inobservando la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional que, generó lesión a las reglas del debido proceso en lo referente a la errónea valoración de la prueba y falta de motivación en su resolución, al determinar su detención preventiva.