SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0804/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0804/2018-S3

Fecha: 10-Ago-2018

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Séptimo de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 059/2018 de 23 de marzo, cursante de fs. 19 a 20 vta., denegó la tutela solicitada, disponiendo mantener firmes y subsistentes los actos procesales llevados a cabo, bajo los siguientes fundamentos: i) No existió dilación indebida al no haber transcurrido veinticuatro horas desde la suspensión de audiencia, evidenciándose lo señalado por la autoridad demandada respecto al desarrollo de otras audiencias entre las que se encuentra la de un caso de violación a niño, niña y adolescente, que amerita atención prioritaria; ii) No se evidenció estado de indefensión absoluta porque el beneficio de suspensión condicional de la pena, según lo previsto en el art. 366 del Código Procesal Penal (CPP), es atribución de carácter facultativo y no imperativo para el juzgador, quien tiene que observar los requisitos de procedencia previamente; y, iii) Cursa en actuados el acta de audiencia desarrollada a horas 19:15 y la providencia correspondiente que fija nuevo día y hora para el verificativo de dicho actuado, tampoco se observa que el acto acusado de vulnerador sea la causa directa de la privación de libertad.