Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0845/2018-S3
Fecha: 27-Ago-2018
II.3.
II.3. A través de la Representación elaborada el 3 de abril del año referido, Eber Gonzalo Balboa Cruz, Oficial de Diligencias del Juzgado Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Segundo de la ciudad y departamento de citados, informó: “…no se notificó a ninguna de las partes ya que la parte solicitante no se aproximó para coordinar la misma” (sic. [fs. 10]).
- acción de libertad
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- La potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de
- con la mayor celeridad posible, y dentro de los plazos legales si están fijados
- Se suspende la audiencia de consideración, por causas o motivos que no justifican la suspensión, ni son causales de nulidad.
- acción traslativa o de pronto despacho
- celeridad
- principio de celeridad
- podrá ser dirigida contra funcionarios de apoyo judicial
- III.5. Análisis del caso concreto