Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0878/2018-S3
Fecha: 29-Ago-2018
1)
Fidelia Chambi Limachi, Secretaria del Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Guaqui del departamento de La Paz, en audiencia manifestó que: 1) Se ratificó en lo informado por el Juez codemandado; 2) Remitió antecedentes al REJAP de la ciudad de El Alto del departamento de La Paz el día de “ayer”; y, 3) Por razones de tiempo no alcanzó a realizar el sorteo al juzgado de ejecución penal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- procesamiento indebido
- III.2. Análisis del caso concreto
- la única oportunidad procesal para desistir o retirar la acción de libertad, es hasta antes de señalado el día y hora de la audiencia pública
- CONFIRMAR