Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ACLARATORIO DE LA SCP 0572/2018-S2
Fecha: 28-Sep-2018
2º Disponer
2º Disponer que, ambas partes que conforman esta acción popular, conjuntamente un equipo técnico a ser proporcionado gratuitamente por el Ministerio de Medio Ambiente y Agua, bajo la supervisión de la Jueza de garantías, entablen mesas de diálogo con la finalidad que todos los beneficiarios de las aguas de la Laguna Robada, plasmen sus acuerdos en virtud a sus usos y costumbres, en un documento con beneficios proporcionales, sobre el uso y aprovechamiento del líquido elemento.
- I.
- Fragmento 2
- III.1. Fundamento de la proscripción de las medidas o vías de hecho o justicia por mano propia
- calificándolo como un problema estructural
- Fragmento 5
- acción popular
- , no es suficiente que la justicia constitucional conceda de manera simple y llana la tutela a favor de las Comunidades accionantes, sino que además, es necesario ordenar se efectivicen medidas conciliatorias y de diálogo entre las comunidades en conflicto, que se decanten en soluciones estructurales y que pacifiquen el problema
- 1)
- sin desconocer otros medios alternativos de solución de conflictos reconocidos por el orden constitucional y legal, como son: la conciliación, la mediación, el arbitraje, entre otros
- III. CONCLUSIÓN
- 2º Disponer
- MAGISTRADA
- Fragmento 13
- 944/2002-R,