SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0486/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0486/2018-S3

Fecha: 10-Sep-2018

Fragmento 15

En ese sentido, en el caso venido en revisión, se puede advertir que la falta de respuesta al memorial presentado el 3 de mayo de 2018 por el accionante, y la denuncia de no haber sido notificado previamente para el juicio oral con la resolución de acusación fiscal y particular, son actuados procesales que por su naturaleza no se constituyen en actos directamente vinculados con su derecho a la libertad física, en razón a que estos no son los que operan como la causa directa de su restricción, supresión o amenaza; es decir, que el derecho a la libertad del nombrado no depende directamente de, si se da respuesta o no al memorial, y si se lo notifica o no con las piezas procesales extrañadas, que supuestamente resultan en su procesamiento indebido, sino que éstas únicamente precisan los hechos sobre los cuales se abre el juicio oral; más aún si de lo alegado por el mismo en su demanda tutelar, se puede advertir que ejerce su defensa en libertad, por tanto no se tiene cumplido el primer presupuesto exigido por la jurisprudencia constitucional en el caso concreto.