Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0513/2018-S3
Fecha: 25-Sep-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra, por la presunta comisión del delito de incumplimiento de contratos, se señaló audiencia de aplicación de medidas cautelares el 12 de junio de 2018, en el referido acto procesal, sus abogados presentaron Certificado Médico de 11 de igual mes y año para justificar su inasistencia a la citada audiencia; sin embargo, las autoridades demandadas refiriendo el desobedecimiento a una resolución judicial, ordenaron se expida mandamiento de aprehensión.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- con lugar
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- respecto a la acreditación de un impedimento físico como justificación de inasistencia a determinado acto procesal, para considerarse legítimo no es preciso que necesariamente sea avalado o certificado por el médico forense
- ello dependerá del sano criterio de la autoridad jurisdiccional que en virtud del principio de libertad probatoria determina en cada caso,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12