Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE A LA SCP 0037/2018
Fecha: 19-Sep-2018
I.
El recurrente, en sus argumentos jurídicos, señala que las Resoluciones del Consejo Universitario RCU 23/16 y RCU 25/17, y la Convocatoria a Exámenes de Titularidad y Concurso de Méritos de 13 de diciembre de 2017, para las provincias de Punata y Villa Tunari-Trópico de Cochabamba (Villa 14 de septiembre) de la facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas; por considerar que fueron dictadas fuera de la competencia del Consejo Universitario, al modificar e inclusive derogar el Estatuto Orgánico de la citada Casa Superior de Estudio.
- Partes: Marco Antonio García Claros
- improcedente
- I.
- II.1.
- no es menos evidente que en casos como el presente, cuando el Tribunal Colegiado está conformado por una gran cantidad de personas, esta obligación se convierte en una barrera o cuando menos en una limitación a un pronto y oportuno acceso a la justicia
- y es en esa condición que goza de legitimación pasiva suficiente para ser demandado por actos o decisiones que tome el Consejo Universitario del que forma parte
- II.2.
- la razón del precedente
- , considera que se debió ingresar al fondo del recurso directo de nulidad