Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0569/2018-S2
Fecha: 25-Sep-2018
I.
La suscrita Magistrada expresa su disidencia con los fundamentos jurídicos que sustentan la parte dispositiva de la SCP 0569/2018-S2 de 25 de septiembre, que resuelve denegar la tutela impetrada sin ingresar al fondo de la problemática planteada, confirmando de esta manera la Resolución 02 de 18 de abril de 2018 emitida por la Jueza de garantías.
- I.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- a)
- II.1.
- 1
- 2)
- apelación
- no dejaron sin efecto el entendimiento contenido en la última parte del segundo supuesto de la SC 0080/2010-R de 3 de mayo, en lo referido a la temática ello porque el control jurisdiccional no cuenta con el trámite de excepciones o incidentes previsto en el art. 314 del CPP
- Ahora bien, debe aclararse que la anterior línea jurisprudencial es aplicable a los supuestos en los que la denuncia respecto a la ilegalidad de la aprehensión del imputado, es formulada ante el juez de instrucción penal de manera inmediata, en la audiencia de medidas cautelares, y dicha autoridad no repara la lesión al derecho a la libertad; sin embargo, cuando de manera posterior a la definición de la situación jurídica del imputado en la audiencia de medidas cautelares, se reclama la supuesta aprehensión ilegal a través de un incidente de actividad procesal defectuosa, corresponderá que la resolución pronunciada por la autoridad
- II.2. Motivos de la Disidencia y análisis del caso concreto
- En este entendido, el presente caso debió ser analizado de la siguiente forma:
- DENEGAR
- MAGISTRADA