VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0569/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0569/2018-S2

Fecha: 25-Sep-2018

II.1.

El Tribunal Constitucional, a través de la SC 0957/2004-R de 17 de junio, estableció que: “…al juez no le está permitido convalidar los actos en los que se vulneraron esos derechos; al contrario, tiene el deber (…) de pronunciarse sobre la legalidad de los mismos…”; por consiguiente, frente a una petición efectuada por el imputado, en sentido que se pronuncie sobre la legalidad de su aprehensión, el juez está impelido a pronunciarse sobre su legalidad o ilegalidad, antes de emitir criterio sobre cualquier medida cautelar; entendimiento que fue confirmado por el Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 0586/2012 de 20 de julio.