Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2019-CA
Fecha: 28-Ene-2019
es imprescindible que la autoridad
Asimismo, la SC 0045/2004 de 4 de mayo, determinó que: “…La expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales es esencial, pues no es suficiente la mera identificación de las normas constitucionales que se considera estarían siendo infringidas, sino que es imprescindible que la autoridad judicial o administrativa exprese el razonamiento que le conduce a cuestionarlas, es decir, los motivos o razones de la inconstitucionalidad; también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada” (las negrillas y subrayado son añadidos).
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- I.1.1. Respecto del expediente
- Fragmento 4
- serán acumulados por orden de prelación
- II.2.2. Marco normativo constitucional y legal
- el peticionante debe efectuar una fundamentación
- fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código
- es imprescindible que la autoridad
- II.4. Análisis de los casos concretos
- 2º