SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2019-S4
Fecha: 23-Ene-2019
I.2.3. Intervención de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia
La Responsable de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Entre Ríos del departamento de Tarija, en audiencia, manifestó que, puede hacer entrega de una copia magnética de la documentación enviada por su similar de San Ignacio de Velasco del departamento de Santa Cruz –Roxana Plata Noe–, a través del cual le hicieron conocer sobre un delito de trata y tráfico de persona en el que se encuentra involucrada una menor. Que de acuerdo a las investigaciones se tiene conocimiento que las jóvenes se trasladaron a la localidad de Entre Ríos del departamento de Tarija, es por ello que, en la vía de cooperación institucional el 2 de mayo de 2018, se hizo el seguimiento correspondiente, al margen de ello, en la misma fecha se les informó de la existencia de un mandamiento de aprehensión en contra del denunciado; el 3 del citado mes y año, se encontró a éste en compañía de la menor y vía telefónica se les indicó que el padre de la menor se estaba trasladando desde San Ignacio de Velasco con la respectiva orden de aprehensión, razón por la cual, solicitaron a la policía se ejecute el mismo y que de existir alguna omisión dentro del mandamiento de aprehensión o que genere duda, eso no es error de la policía sino de la Fiscalía de San Ignacio de Velasco, ya que es en ese municipio donde se encuentra el proceso original.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia
- denegó
- I.2.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional.
- II.1.
- II.2.
- es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional, cuando:
- el juez de la instrucción dispondrá, de oficio o a petición de parte, la inmediata libertad del detenido…ʼ
- la persona aprehendida
- III.2. Análisis del Caso concreto
- CONFIRMAR