ACLARATORIO DE LA SCP 0944/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ACLARATORIO DE LA SCP 0944/2019-S2

Fecha: 04-Oct-2019

1)

1)   Por una parte, no comparto los entendimientos desarrollados en el Fundamento Jurídico III.1 de dicha Sentencia Constitucional Plurinacional, donde condiciona a la justicia constitucional a disponer el cumplimiento de una conminatoria de reincorporación laboral, a un previo análisis de pertinencia, es decir, siempre y cuando haya sido emitida a favor de un trabajador que se encuentre dentro del rango de protección de la Ley General del Trabajo y de la normativa laboral complementaria; siendo que esta labor analítica, es exclusiva de la judicatura laboral administrativa o judicial ordinaria, empero no, de la jurisdicción constitucional; quien en todo caso, tiene la responsabilidad de hacer cumplir el contenido íntegro de una conminatoria de reincorporación laboral, sin necesidad de someterla a ningún examen de fondo; y,

1) En caso de que una trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas.