Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2019-S4
Fecha: 07-Oct-2019
IMPROCEDENTE
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.12 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; resuelve, declarar: IMPROCEDENTE la consulta planteada por Severino Cochi Trujillo, Secretario de Relación; Faustino Cochi Cochi, Secretario de Actas; Teodoro Cochi Cochi, Secretario de Hacienda; todos de la comunidad originaria Thimpa Apacheta del municipio de Santiago de Callapa, provincia Pacajes del departamento de La Paz.
- consulta de autoridades indígena originario campesinas sobre la aplicación de sus normas jurídicas a un caso concreto
- I.1.
- II.1.
- Fragmento 4
- III.1.
- el control de constitucionalidad a través de este mecanismo constitucional, alcanza o abarca sólo a la norma oral o escrita objeto de consulta por la autoridad indígena originaria campesina, siempre que se trate de una cuestión jurisdiccional
- ARTÍCULO 131. (CONTENIDO DE LA CONSULTA).
- La consulta no puede ser entendida como un mecanismo supletorio de otros mecanismos procesales destinados a resguardar los derechos fundamentales de los sancionados con decisiones de la justicia indígena originaria campesina (acciones de defensa previstas por la Constitución) ni de la dilucidación de los conflictos de competencia entre jurisdicciones (arts. 100 a 103 del CPCo)
- III.2. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE