SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0654/2019-S3
Fecha: 02-Oct-2019
Fragmento 11
De los antecedentes que cursan en el expediente se evidencia que dentro de la denuncia penal abierta (caso EAL1901158), por el delito de uso de instrumento falsificado contra Isabel Del Rocío Valera Labajos, el Fiscal de Materia a cargo de la dirección funcional, informó el inicio de la investigación al Juez de Instrucción Penal de turno de El Alto del departamento de La Paz, en febrero de 2019 (Conclusión II.1); el 2 de abril del indicado año la autoridad fiscal, cursó informe al Juez de Instrucción Penal Quinto de El Alto de dicho departamento, de complementación de las diligencias preliminares por el plazo de sesenta días (Conclusión II.2); el Juez de Instrucción Penal Sexto -en suplencia legal de su similar Quinto- de El Alto del mismo departamento, por decreto de 3 de igual mes y año, determinó se tenga presente y por secretaría se tome nota en el Libro de Control de Investigaciones (Conclusión II.3); finalmente, a través de providencia de 7 de junio de similar año, el mencionado Juez dispuso se libre mandamiento de aprehensión contra la accionante, a objeto de que preste su declaración informativa ante el Ministerio Público (Conclusión II.4).
- acción de libertad
- a los datos del cuaderno de control jurisdiccional, toda vez que aún los plazos se encuentran vigentes
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- Fragmento 8
- cuando se demuestre que esas vulneraciones afectaron directamente al derecho a la libertad física o libertad de locomoción del accionante, dicha protección se verá materializada a través de la acción de libertad, en aquellos casos en los cuales, el procesamiento indebido constituya la causa directa que originó la restricción o supresión de los antes citados derechos previo cumplimiento de la subsidiariedad excepcional que rige a este tipo de acciones.
- queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- Fragmento 11
- CONFIRMAR