SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2019-S3

Fecha: 04-Oct-2019

de cinco días hábiles como máximo

Bajo esa línea de entendimiento, la SCP 0191/2019-S3 de 30 de abril con relación al señalamiento y resolución del beneficio de la suspensión condicional de la penal razonó que: “…al no existir en la ley un plazo determinado para resolver la solicitud de suspensión condicional de la pena, es menester que la frase ‘plazo razonable’, deba ser definida como un término brevísimo, de cinco días hábiles como máximo, siempre y cuando el imputado se encuentre privado de su libertad.