SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0705/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0705/2019-S3

Fecha: 07-Oct-2019

denegó

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución 23/2019 de 3 de mayo, cursante de fs. 137 vta. a 139 vta., denegó la tutela solicitada; a tal efecto expresó los siguientes fundamentos:    a) El accionante no manifestó en que vertiente del debido proceso se encuentra la vulneración de sus derechos reclamados; por otra parte, este Tribunal no se constituye en una instancia de casación en el que se deba realizar una interpretación de la legalidad ordinaria o valoración de la prueba; b) El Juez de primera instancia en su resolución señaló que el despojo es un delito instantáneo; a su vez, los Vocales demandados manifestaron en su Auto de Vista que si bien se trata de un delito de esa naturaleza, pero con efectos permanentes, por lo tanto no ha lugar a la prescripción, existiendo en consecuencia una confrontación respecto a la interpretación que realizó el juzgador; c) Por consiguiente, si el peticionante de tutela estableció que había una errónea interpretación, debió exponer con claridad y precisión los principios o criterios interpretativos que no fueron considerados por el Tribunal de apelación, señalando cual es la norma a aplicarse y de qué manera debe realizarse la misma con relación a los supuestos planteados, para que la justicia constitucional ingrese a revisar la legalidad ordinaria y excepcionalmente pueda valorar la prueba, cumpliendo todos los presupuestos establecidos para tal efecto y los elementos aportados por el impetrante de tutela; y, d) En el presente caso, no se evidenciaron los presupuestos que se habrían incumplido, tampoco se identificó de forma clara los derechos vulnerados a objeto de conceder el amparo solicitado, anulando el Auto de Vista ahora cuestionado.