SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0722/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0722/2019-S3

Fecha: 09-Oct-2019

1)

Arminda Méndez Terrazas, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante informe presentado el 3 de julio de 2019 cursante de fs. 14 a 15, manifestó que: 1) Los antecedentes del caso fueron remitidos el 4 de junio del indicado año; 2) El Auto de Vista de 5 de igual mes y año, declaró inadmisible el recurso de apelación incidental interpuesto por la denunciante y señaló audiencia para la consideración de la impugnación realizada por el imputado -hoy demandante- para el 1 de julio del referido año; 3) El acto indicado se suspendió para el 9 de similar mes y año; en razón de, la ausencia de la víctima -una persona con discapacidad- y del intérprete para la misma, conminándose del mismo modo la concurrencia del Ministerio Público; 4) Es falsa la aseveración de la indefensión procesal por dos meses, debiendo aplicarse el principio de verdad material y habiéndose señalado audiencia conforme al rol establecido; 5) Con la suspensión reclamada, se dio oportunidad de escuchar a la víctima que es parte del grupo de personas en situación de vulnerabilidad, observándose por ende los arts. 10, 11 y 77 del CPP; y, 6) Se necesita el lapso de una semana para la participación de un perito intérprete.