SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0879/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0879/2019-S4

Fecha: 09-Oct-2019

1)

Eduardo Quispe Copa, Israel Corsino Peredo Guerrero y María Inés Callejas Quintana, Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Primero-Juzgado de Partido, de Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Caranavi del departamento de La Paz, por informe de 17 de junio de 2019, cursante a fs. 118, expresaron lo siguiente: 1) La primera acción de libertad formulada por el accionante fue resuelta por Resolución 003/2019, que fue remitida al Tribunal Constitucional Plurinacional en grado de revisión; 2) Se presentó esta acción de libertad con los mismos fundamentos que la anterior, sin tomar en cuenta la jurisprudencia de la SCP 0089/2019 de 5 de abril, que refiere la prohibición de activar una acción de defensa para solicitar el cumplimiento de otra; y, 3) No se vulneró ningún derecho ni garantía constitucional.

Santiago Cruz Nina, Secretario del mencionado Tribunal, por informe de igual fecha, manifestó que no se puede activar la vía constitucional contra una Resolución emitida por un Juez de garantías, competencia que le corresponde al Tribunal Constitucional Plurinacional, en observancia de la Constitución Política del Estado y el Código Procesal Constitucional.