SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0879/2019-S4
Fecha: 09-Oct-2019
denegó
El Juez de Sentencia Penal Noveno del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 10/2019 de 17 de junio, cursante de fs. 127 a 128 vta., denegó la tutela, disponiendo que: i) No existe normativa que faculte al juez de garantías revisar una acción de libertad, teniendo en cuenta que la única autoridad que puede hacerlo es el Tribunal Constitucional Plurinacional; y, ii) La Resolución 003/2019 de 6 de junio, por la que se denegó su primera acción de libertad interpuesta, se encuentra en consulta ante el mencionado Tribunal; por lo que, “…el petitorio de revisión de subsidiariedad de la resolución de la acción de libertad…” (sic), no se adecua a los fundamentos de la Norma Suprema ni del Código Procesal Constitucional.