SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0980/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0980/2019-S1

Fecha: 04-Oct-2019

II.7.

II.7.  El 30 de octubre de 2018, el Asesor Jurídico del GAM de Huanuni, del departamento de Oruro, dando cumplimiento a la solicitud del accionante certificó: i) En referencia a la revisión del Informe Técnico Legal evacuado por la Dirección de Control y Regulación Urbana, existirían documentos de cuatro lotes de 20 de diciembre de 2011, con una superficie de
1 000 m2 y de 1 de junio de 2017, con una superficie de 300 m2, existiendo contradicción; ya que, previa inspección técnica se verificó que no existe construcción alguna y en la parte resolutiva se solicitó a la brevedad posible, presente documentación idónea que acredite su derecho propietario sin diferencia superficial; en la actualidad no se tiene tal documentación desconociendo la escritura pública a que se hace referencia; ii) Conforme al informe 003/2018, evacuado por la unidad SIIM, se realizó observación a la superficie en los dos documentos, mientras no acredite su legitima propiedad inscrita en DD.RR., existe diferencia de superficie con sobreposición afectando dominio público del municipio; y, iii) De acuerdo a ambos informes se recomendó que el solicitante presente documentación idónea que acredite su derecho propietario registrado en DD.RR. (fs. 3).