SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0980/2019-S1
Fecha: 04-Oct-2019
II.9.
II.9. Cursa informe de 7 de marzo de 2019, en el que Roxana Yucra Mamani, Directora de Control y Regulación Urbana del GAM de Huanuni del departamento de Oruro, en atención a la solicitud formulada el 6 de febrero del citado año, por Alberto Obis Solano -ahora peticionante de tutela- certifica que: En base al informe Técnico Legal emitido por la Unidad de Control y Regulación Urbana del Municipio de Huanuni, se concibe que el terreno objeto de inspección, no cuenta con construcción alguna de data anterior, ni con servicios básicos, más al contrario, tiene observaciones por la unidad de SIIM, por las transferencias realizadas como vendedor y en relación a la superficie de 1 320 m2, esta afecta al dominio público del municipio de Huanuni, así como al eje del antiguo camino a Llallagua y no cuenta con datos georeferénciales de construcción de edificaciones (fs. 6 a 7).