SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0990/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0990/2019-S1

Fecha: 09-Oct-2019

concedió

La Sala Constitucional Tercera del Tribunal departamental de Justicia de Santa Cruz constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 66 de 25 de junio de 2019, cursante de fs. 21 a 23, concedió la tutela, disponiendo dejar sin efecto el decreto de 5 del aludido mes y año, de señalamiento de audiencia para volver a considerar las medidas de seguridad impuestas, ordenando que en el día se resuelva la petición de libertad del ahora accionante al advertirse que cumplió con las medidas señaladas, sobre la base de los siguientes fundamentos:            i) Conforme prevé el art. 366 del CPP el beneficio de la suspensión condicional de la pena se aplica en aquellos casos en los que la persona fue condenada a pena privativa de libertad que no exceda los tres años de duración y cuando no haya sido objeto de una condena anterior por delito doloso en los últimos cinco años; ii) Por “Sentencia” 017/2019 de 26 de abril, las autoridades ahora demandadas concedieron la suspensión condicional de la pena al ahora accionante y se le impuso como medidas de seguridad el arraigo, que observe buen comportamiento y que se presente ante el Juez de Ejecución Penal una vez al mes; no obstante de ello, se advierte también de obrados que presentó memorial adjuntando la certificación que acredita que cumplió su trámite de arraigo, empero, los Jueces ahora demandados señalaron audiencia para el 7 de junio de 2019, a celebrarse en el centro donde se encuentra recluido, sin embargo, no se adjunta el acta; iii) Extraña que se señalen audiencias cuando ya se dispuso la suspensión condicional de la pena el 26 de abril de 2019, pues lo único que se debía verificar era si se cumplieron las medidas de seguridad impuestas, máxime si el ahora accionante ya cumplió con el trámite del arraigo ordenado; y, iv) Siendo que no existe fundamento, justificación ni parámetro legal para que el ahora peticionante de tutela se encuentre privado de libertad desde el 26 de abril de 2019, corresponde conceder la tutela impetrada.