AUTO CONSTITUCIONAL 0281/2019-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0281/2019-CA

Fecha: 22-Nov-2019

rechazar

Por Resolución 121/2019 de 9 de octubre, cursante de fs. 11 a 19, la Comisión de Apelación de los Cursos de Pre y Postgrado de la gestión 2019 de la Policía Boliviana, resolvió rechazar la acción de inconstitucionalidad concreta, fundamentando que: a) Carece de fundamentación fáctica y no identifica de qué forma la disposición del art. 5. VII inc. f) del Reglamento de Convocatoria a Exámenes de Ascenso, Cursos de Pre y Postgrado, vulnera el derecho a la educación, al ascenso, a un salario justo consagrado en la Ley Fundamental; b) La norma presuntamente inconstitucional fue aprobada mediante Resolución Administrativa de Comando General de la Policía Boliviana 0070/18 de 27 de abril de 2018, y se adecua a la constitucionalidad conforme lo dispuesto en el art. 410 de la CPE, que establece la primacía de la norma concordante con el art. 4 del Código Procesal Constitucional (CPCo); c) Se pretende sorprender a los administradores de justicia y no cumplir un requisito que otros funcionarios policiales cumplieron, por lo que no existe vulneración al derecho a la educación; d) Los ascensos de todo funcionario policial deben adecuarse al cumplimiento del art. 79 de la Ley Orgánica de la Policía Boliviana, concordante con el art. 25 del Reglamento de Personal y con el Reglamento de Convocatoria a Exámenes de Ascenso, Cursos de Pre y Postgrado de la Policía Boliviana, sin que exista vulneración al derecho de ascenso; e) Tampoco concurre vulneración al salario justo, debido a que todo funcionario policial que cumpla con los requisitos establecidos para el ascenso al grado inmediato superior y habiendo aprobado los mismos, podrá acceder a la escala salarial correspondiente; y, f) El art. 5.VII inc. f) del Reglamento de Convocatoria a Exámenes de Ascenso, Cursos de Pre y Postgrado de la Policía Boliviana, no vulnera ningún derecho constitucional, correspondiendo rechazar la acción.